IÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

IÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2015

Fecha: 09-Abr-2015

Artículo 102º (Autorización para la Modificación del Presupuesto).

Artículo 102º (Autorización para la Modificación del Presupuesto). Una vez aprobado por el Órgano Legislativo, el presupuesto institucional del Municipio no podrá ser modificado por otra instancia legislativa o ejecutiva, sin la autorización del Gobierno Autónomo de Magdalena, a través de los procedimientos establecidos por la presente Carta orgánica y leyes municipales. El Presupuesto Operativo Anual podrá ser modificado a través un reformulado durante la gestión anual, de acuerdo a los requerimientos, las demandas realizadas, mecanismos legales vigentes y la normativa aplicable en la presente Carta Orgánica.