IÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

IÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2015

Fecha: 09-Abr-2015

Artículo 92º (Ingresos Municipales Tributarios).

3. Patentes, como tributos donde el hecho generador son las autorizaciones que concede el municipio para la realización de actividades económicas, profesionales, de servicios u otra actividad que se realiza en la jurisdicción del municipio. Con carácter enunciativo y no limitativo, los provenientes de:

3.       Patentes, como tributos donde el hecho generador son las autorizaciones que concede el municipio para la realización de actividades económicas, profesionales, de servicios u otra actividad que se realiza en la jurisdicción del municipio. Con carácter enunciativo y no limitativo, los provenientes de: