IÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

IÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2015

Fecha: 09-Abr-2015

incompatibles

Conforme el razonamiento realizado, el art. 28 en la frase: “y dos representantes Indígena Originario Campesino titulares con sus suplentes. El número de concejales y concejalas elegidos a través de la democracia representativa será definido por una ley municipal elaborada en ocasión de la renovación ordinaria de autoridades municipales” y el 29.II del proyecto de la Carta Orgánica del municipio de Magdalena, es incompatibles con la Constitución Politice del Estado.