DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el numeral 16

El art. 108.12 establece como un deber de las bolivianas y bolivianos: “prestar el servicio militar, obligatorio para los varones”, en este sentido, al encontrarse establecido dicha obligación en la Constitución Política del Estado, la carta orgánica no tiene ninguna competencia para exigir su cumplimiento, es que en este sentido la DCP 0001/2013 manifestó: “Las normas institucionales básicas al estar en el rango de las leyes pueden definir obligaciones a los habitantes pero limitados por los derechos establecidos en la Constitución Política del Estado, su jurisdicción territorial y sus competencias exclusivas”.