SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

c.1)

c.1)  Se desconoce la regulación normativa contenida en la indicada Resolución Administrativa en su numeral 3 que establece que los usuarios de estos servicios, a efectos de la determinación del crédito fiscal, deben considerar para su aplicación la fecha de emisión de las facturas, aún en el caso de que no estuvieran canceladas, motivo por el cual EMMSA computó el crédito desde la fecha de emisión y entrega, independientemente de que el servicio hubiera finalizado.