SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

III.4.1. Del recurso de casación

Mediante memorial presentado el 5 de enero de 2015, EMMSA formuló recurso de casación en el fondo contra el Auto de Vista 130/2014, emitido por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, por el que se dispuso se proceda a la restitución del crédito fiscal a favor de la empresa por un monto de Bs19 064 345,88.-, equivalentes a un crédito fiscal de Bs2 479 234,96.-, de los montos que según el Tribunal de alzada fueron acreditados por EMMSA y por tanto sujetos a devolución; decisión que modificó los montos contenidos en la RA 23-0000460-10, emitida por la Gerencia Distrital Potosí del SIN.

El principal argumento de dicho recurso se circunscribe al error de derecho en la apreciación de determinadas pruebas presentadas por EMMSA dentro del proceso administrativo de verificación de solicitud de devolución tributaria y respecto a las ofrecidas en sede judicial, que acreditan su derecho a que le sea devuelto el crédito fiscal IVA, por haberse demostrado que el mismo surge de costos y gastos incurridos e incorporados directa e indirectamente en la realización de la actividad exportadora; así, enumera y detalla las siguientes facturas y gastos en los que incurrió la empresa y que considera se hallan vinculados con la actividad gravada.