SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

e.2)

e.2)  La sentencia de primera instancia reconoció la presentación de la nómina de personal a octubre de 2008, debidamente legalizada durante la etapa administrativa; sin embargo, esta prueba fue rechazada con el argumento de que los viajes realizados no tendría vinculación con la actividad exportadora, apreciación que se estable también para los gastos de hospedaje; sin considerar que las planillas fueron oportunamente presentadas por EMMSA, conforme establece el art. “266 de la Ley 1340”. No obstante los miembros del tribunal de apelación no valoraron ni apreciaron esta prueba documental que demostraba la vinculación de tales gastos con la actividad gravada al haber sido erogados por personal de la empresa, conforme se acreditó a partir de las planillas de sueldos y salarios trimestrales.