SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1193/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

denegó

La Jueza Pública de Familia Primera del departamento de Chuquisaca, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 005/2016 de 19 de septiembre, cursante de fs. 291 a 299 vta., denegó la tutela solicitada con los siguientes fundamentos: 1) La empresa minera accionante pretende que la Jueza de garantías revise la labor interpretativa efectuada al momento de emitir el Auto Supremo 410, situación que, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional no es permisible toda vez que implicaría juzgar el criterio jurídico empleado por otro tribunal para fundar su actividad jurisdiccional, incurriendo en un accionar invasivo de otras jurisdicciones; 2) En el presente caso, el representante de dicha empresa accionante denuncia la errónea interpretación que las autoridades demandadas realizaron respecto a la Ley 843; sin embargo, no cumple los requisitos necesarios establecidos y exigidos para tal efecto por la jurisprudencia constitucional; y, 3) El contenido de la demanda de amparo constitucional, no explica de manera clara porqué el fallo que se demanda resulta insuficientemente motivado, arbitrario e incongruente; absurdo o ilógico o con error evidente, no habiéndose establecido tampoco las reglas de interpretación que fueron omitidas; y si bien se identificó lesiones a derechos, no se estableció el nexo de causalidad entre ellos y la ausencia de motivación; extremos que imposibilitan el análisis de fondo de la problemática planteada.