SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016

Fecha: 03-Mar-2016

ARTÍCULO 18.- (INFORME DE ACTIVIDADES).

El artículo precedentemente señalado conforme al argumento de la accionante, quebrantaría el Estado laico, debido a que pretende imponer “obligaciones” que la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas, no establece para las organizaciones religiosas y/o espirituales elaborar y presentar al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, informe anual de actividades; ya que, la acepción filosófica de la libertad de religiosa manifiesta a que este en un sistema de ideas o convicciones u opiniones que el espíritu, permitiendo liberarse de todo preconcepto dogmático y de toda traba de carácter confesional; en esa misma línea se reconoce que el concepto filosófico de la libertad religiosa no es más que la independencia que tiene el espíritu humano para poder buscar e investigar la verdad religiosa; consecuentemente, no se debe confundir el seguimiento a las funciones administrativas y el cumplimiento de la finalidad para la que fue conformada; y, no así a sus actividades relacionadas a su culto como se pretende hacer ver, ya que, la existencia de estos entes religiosos se basa justamente en su finalidad y objeto para la cual fueron constituidas y es deber del Estado el  verificar que las mismas en su desarrollo no afecten derechos y garantías de sus miembros; en consecuencia, la apreciación de que se quebranta el Estado laico no resulta cierta, porque en ningún momento se  interfiere con la expresión de alguna creencia de hecho o de fe sino se basa estrictamente al control administrativo, correspondiendo lógicamente se haga un seguimiento, como parte de las obligaciones del Estado, que debe velar también de tales actividades, sin apartarse de la voluntad colectiva para las que se les instituyo, razón por la que en el presente artículo no se observa ninguna contravención constitucional que amerite la declaratoria solicitada.