SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2016

Fecha: 03-Mar-2016

III.6. Juicio de constitucionalidad

La accionante cuestionó la constitucionalidad de los arts. 1.II, 3.II, 15, 16.I y II, 17.I, II y III y la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas –Ley 351 de 19 de marzo de 2013–; 2 incs. a) y b), 6.I inc. c), 9.I incs. f) numerales 1, 2, 3 y 4, k) y l) y II inc. e) numerales 1 y 2; 10 inc. b), 11 inc. c), 13.I inc. e), 15, 16 inc. c), Capitulo IV “obligaciones” 18, 21, 22, 23, 25, 26 y la Disposición Adicional Primera y Segunda del DS 1987 de “1 de mayo de 2014” –lo correcto es 30 de abril de 2014–, al considerar que los referidos artículos muestran y resultan ser desiguales y discriminatorios para las confesiones religiosas y creencias espirituales dado que lesionan la condición de las iglesias y el derecho a la libertad de pensamiento que deben tener, lesiona el principio de igualdad y al derecho fundamental de la libertad religiosa, desconociendo de manera directa el reconocer y garantizar el derecho a la propia identidad religiosa y jurídica, así como su ejercicio sin indicar el motivo por el cual el Estado pretende consagrar una ideología cultural como el “vivir bien” entre otras condiciones para adquisición y homologación de la personalidad, poniendo en riesgo los derechos ya adquiridos por dichas entidades que tenían personalidad jurídica antes de la vigencia de la norma hoy impugnada, hecho que vulnera la “seguridad jurídica” y el principio de reserva de ley.