AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2018-O

Fecha: 11-Abr-2018

I.3.2. Informe del Comando General de la Policía Boliviana

Maruja Pujro Choque, Asesora Jurídica del Comando General de la Policía Boliviana, mediante el informe escrito cursante de fs. 1335 a 1336, indicó que, como parte demandada de la acción de cumplimiento reconducida a acción de amparo constitucional, resuelta por la SCP 0897/2013, sostuvieron diversas reuniones con los representantes y adjudicatarios del COVI “Franco Valle”, COVIPOL y el representante legal de la Empresa Constructora Patiño & Patiño S.R.L., a fin de cumplir lo dispuesto en la misma; habiendo tanto COVIPOL como el Comando General de la Policía Boliviana, agotado todos los recursos a su alcance para observar dicho fallo constitucional, cuestión que no fue compartida por la Empresa Constructora, sin esgrimir ningún fundamento de hecho y de derecho, eludiendo con distintas argucias y argumentos, la mínima intención de cumplir lo ordenado por el Tribunal Constitucional Plurinacional.

Añadió que, el decreto de 13 de enero de 2017, emitido por el Tribunal de garantías, conminando al cumplimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional anotada, bajo alternativa de aplicarse multas progresivas, resulta vulneradora “a (su) derecho”, considerando que, no se valoró la voluntad de la parte demandada mencionada, de cumplir el fallo constitucional, menos se valoraron las solicitudes presentadas respecto a poder realizar el depósito judicial por el monto restante del total del financiamiento del Proyecto Habitacional; gestiones que tampoco merecieron la colaboración de la empresa, quien lejos de apoyar su iniciativa, perjudica las acciones realizadas, “pretendiendo en base a esta Sentencia Constitucional obtener y/o beneficiarse económicamente, proponiendo aspectos legales y materiales que no se pueden cumplir”(sic).