DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018

Fecha: 11-Jun-2018

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La DCP 0186/2015 estableció la incompatibilidad de los arts.: 2.I y II la frase “ley fundamental”; 3 la frase “regula los servicios del turismo, fomenta y fortalece al turismo comunitario sostenible, promueve el crecimiento y desarrollo integral a partir de la cultura originaria del territorio municipal”; 4 la frase “y a la legislación autonómica y demás normas que rige al Estado Plurinacional de Bolivia”; 6 el enunciado “ley fundamental”; 7 el enunciado “del municipio” del título y de la frase “con sus áreas urbanas y rurales y sus comunidades originarías, conserva el nombre de „`Copacabana’ a fines de la presente Carta Orgánica” del parágrafo I; 8 la frase “del Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana”; 9 la frase “Gobierno Municipal de Copacabana”; 11 del apartado órgano ejecutivo el inc. a; 12.6; 16.II; 18.2 la frase “previo haber cumplido cargos en la zona o comunidad”; 19.5 la frase “y prohibir quemas injustificadas”; 20.II; 21.II; 23; 25.III; 27.6, 21, 30 segundo párrafo y 31 el término “Resolución”; 29 inc. d) la frase “presente ley”; 33; 34.7 el término “aprobar”, 11, 15 la frase “delimitación Moral”, 21 en la frase “o en coordinación con autoridades e instituciones del nivel central del Estado y Departamentales, de acuerdo a normativa Municipal”, 25, 26; 38.I; la frase “de algunas competencias exclusivas, de forma gradual”; 40.4 la frase “sociedad civil optimizada” y 6 el enunciado “personas con capacidades diferentes”; 42.IV la frase “Resolución municipal”; 44.4 y 5; 45.I el término “territorio” y el parágrafo II; 46.2 y 9 la frase “al día de la elección”; 47; 48; 50.III; 52.I.1 la frase “en esta Constitución”; 53 la frase “Compartidas y concurrentes y”; 54 la frase “Consejo Nacional de Autonomías y el”; 55; 58 la frase “refrendado por una ley municipal”; 60.II el término “humanos”, IV, VII.1 y 4, IX el término “humanos”; 73.III; 75; 77.II; 78.I.1; 80.I y III en la frase “a través de los representantes sociales”; 85; 87.I y II; 90.I inc. a, IV y V en el término “garantiza”, X la frase “dotando de infraestructura adecuada” y XI; 92.II.7; 96.I y V; 98.I, II y IV el término “desconcentrada”; 99.11 la frase “de semillas” y numeral 13; 101.I el término “lacustre” y la frase “en los servicios de transporte local, departamental, nacional, internacional y turístico”; 103.IV la frase “manejo y aprovechamiento sustentable”; 105 el término “fundamentales”; 107; 110 la frase “y Colindancias del Municipio” de nomen iuris, parágrafo I el enunciado “considerada como la 1ra. Sección Municipal” y la frase “cuyas colindancias son las siguientes: AL NORTE Provincia Camacho. AL ESTE Municipio Tito Yupanqui, Provincias Omasuyos y Camacho. AL SUR República del Perú. AL OESTE República del Perú” del parágrafo II; 111.II el término “Idioma”; 113.III; 114.I el término “municipio” y II; 121.III el término “Municipio”; 122.I la frase “Entendiéndose como sociedad civil organizada a todas las organizaciones sociales y funcionales” y el parágrafo III; 126.I, II la frase “a solicitud fundamentada” y el parágrafo IV; 128.II la frase “y la sociedad civil organizada”, III el enunciado “procesa y sancionar”; 129.1; 131; Disposición Transitoria Tercera el enunciado “y promulgación”; Disposición Transitoria Cuarta; Disposición Transitoria Quinta la frase “El escaño de la representación de los Pueblos Indígena Originario Campesinos, se aplicara cuando dichos pueblos adquieran el Distrito Municipal Indígena Originaría Campesina” y la Disposición Final Primera.

    La INCOMPATIBILIDAD de los artículos: 2 parágrafo I; 4 en la frase “como así también a las demás normas”; 20 parágrafo II; 27 numeral 21; 34 numerales 25 y 26; 40 numeral 4; 46 numeral 8 en la frase “al día de elección”; 47 parágrafo I en la frase “su aceptación supone renuncia tácita al cargo”; 48 su contenido; 55; 96 parágrafos I y V; 98 parágrafo I; 110 en el título y el parágrafo II; y, 126 parágrafo II numeral 3.