DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018

Fecha: 11-Jun-2018

Sobre el numeral 7

Conforme el principio de separación de poderes previsto en el art. 12.I de la CPE, se establece un sistema de coordinación y control entre los diferentes órganos del Estado, teniendo cada uno de ellos funciones específicas sobre las cuales ejercen sus atribuciones. Así, el Órgano Ejecutivo, entre otras atribuciones, debe elaborar y ejecutar planes, programas y proyectos en el ámbito municipal, mientras que el Órgano Legislativo, entre otros temas, se encarga de aprobar dichos planes, programas y proyectos. Bajo ese entendimiento, la DCP 0186/2015 solicitó al estatuyente adecuar el término “aprobar” debido a que era contrario a lo dispuesto en el texto constitucional.