DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0048/2018

Fecha: 11-Jun-2018

Sobre el numeral 11

La DCP 0186/2015 señaló que, conforme lo dispuesto por el art. 302.I.6 de la CPE, la elaboración de los planes de ordenamiento territorial y de uso de suelos así como el plan de desarrollo municipal, deben estar en coordinación con los planes del nivel central del Estado, departamentales y los de la autonomía indígena originaria campesina.

La redacción original del numeral en cuestión, versaba sobre la creación de un centro agrónomo científico que entre otras cosas se encargaría de la recuperación y conservación de semillas. Al respecto, la DCP 0186/2015 estableció que la recuperación y conservación de semillas es competencia del nivel central del Estado, conforme los arts. 298.I.22, 405 y 407.9 de la CPE, razón por la cual el estatuyente no puede regular sobre esa materia, declarándose su incompatibilidad.