SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0377/2020-S3
Fecha: 27-Jul-2020
6)
6) Vicente Devo de Col Nascimben, en la etapa de ejecución de la sentencia del proceso ejecutivo aparece dando por bien hecho todo lo actuado en su contra, indicando que todas las diligencias procesales dispuestas por la autoridad judicial en el proceso ejecutivo, así como en ejecución de sentencia y desapoderamiento fueron de su pleno conocimiento; empero, extrañamente no asumió ninguna defensa en dicho proceso, más por el contrario salió a favor de su ejecutante y del adquirente Mario Quiroga Saavedra reclamando derechos en favor de éstas personas conforme da cuenta la documental cursante a fs. 171 y vta., donde solicita se rechace la pretensión de nulidad de obrados interpuesta por los ocupantes del inmueble y se consolide el desapoderamiento en favor del adquirente, afirmando que el terreno subastado en el proceso ejecutivo es el mismo que fue sometido a demanda de usucapión cuyo proceso también refiere que fue de su conocimiento, denotándose mala fe en su actuar con relación a los demandantes de este proceso respecto a la constitución de garantía del inmueble objeto de usucapión, así como de su propia acreedora y del adjudicatario hoy recurrente al comprometer en garantía y coadyuvar que se subaste un inmueble que ya no era de su propiedad, situación que genera consecuencias respecto a la obligación de evicción;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III.1. De la fundamentación y motivación de las resoluciones como parte del debido proceso
- III.2. El principio de congruencia
- III.3. En cuanto a la valoración de la prueba. Jurisprudencia reiterada
- III.4. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- k)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- 9)
- 10)
- En cuanto al inciso i)
- inicio
- En cuanto al inciso ii)
- extra petita
- En cuanto al inciso iv)
- En cuanto al inciso v)
- En cuanto al inciso vi)
- En cuanto al inciso vii)
- En cuanto al inciso viii)
- En cuanto al inciso ix)
- 6 de junio de 1997
- En cuanto al inciso x)
- III.6. Otras consideraciones
- 2° Se llama la atención