Auto Supremo AS/0317/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

El Auto Supremo 149 de 6 de junio de 2008, respecto al principio de congruencia,


Por su parte el recurrente Pablo Vladimir Ovando Cossio en sus argumentos de casación citó los siguientes precedentes, que en su criterio serían contrarios al Auto de Vista impugnado:

El Auto Supremo 149 de 6 de junio de 2008, respecto al principio de congruencia, ha señalado: “El principio de congruencia tiene como base la correlación armónica entre lo planteado en la acusación y la decisión contenida en la sentencia respecto a los hechos descritos como base de la acusación y no acerca del criterio sostenido en ésta sobre calificación de los respectivos tipos penales, pues el juzgador no debe hacer depender su resolución de la opinión que sobre esos puntos tengan los acusadores y, por ello, en atención a que, durante la sustanciación del juicio oral le corresponde proceder a la valoración de pruebas de cargo y descargo y tomar en cuenta circunstancias atenuantes o agravantes, no está tampoco obligado a coincidir con la apreciación manifestada en el respectivo Auto de Apertura del Juicio"