Auto Supremo AS/0317/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

En la exposición del agravio identificado, alude que el Auto de Vista impugnado, hubiese incurrido


III.3.1. Análisis del recurso de casación de Rosxana Chacón Varón

En la exposición del agravio identificado, alude que el Auto de Vista impugnado, hubiese incurrido en incongruencia omisiva, respecto a su alzada restringida sobre la inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación, vulnerando el inc. 11) del art. 370 del CPP, resultando ser condenada por un hecho que no le fue atribuido ni se encontraba en la acusación fiscal ni en el Auto de apertura de juicio, al respecto aduce que el Auto de Vista recurrido omitió dar respuesta a su agravio, infringiendo los arts. 124 y 398 del CPP, constituyendo un defecto absoluto por vulneración al debido proceso, al derecho a la congruencia de las resoluciones, a la fundamentación de los fallos al haberle dejado en indefensión