Auto Supremo AS/0321/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Cuando un juez o tribunal actúa sin competencia, sus actos son nulos, concurriendo el vicio


Cuando un juez o tribunal actúa sin competencia, sus actos son nulos, concurriendo el vicio que adolece el acto jurídico, cuando se efectuó violando ciertas formas u omitiendo requisitos necesarios de validez o ausencia de algunos requisitos legales que privan sus efectos normales. Hay nulidad cuando el acto contiene un vicio estructural esencial, o cuando en su producción no se observó el orden lógico de realización dentro del proceso; de modo que el juez o tribunal es competente cuando interviene legalmente en el proceso en mérito a la voluntad de la ley, pudiendo resolver válidamente sobre el fondo de un asunto