Auto Supremo AS/0321/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Relativo al cuarto motivo, expresó que la congruencia se debe observar desde la etapa preparatoria


Relativo al cuarto motivo, expresó que la congruencia se debe observar desde la etapa preparatoria hasta el juicio penal y no obstante haberse tocado el caso en el motivo tercero, se mencionó que hecha la aclaración al inicio de la Sentencia, no se refiere a una modificación de los hechos, menos el recurrente demostró que así sea, cuando dicho aspecto a lo largo del proceso no fue reclamado y porque los antecedentes y pruebas están referidos a lo acontecido el año 2009