Auto Supremo AS/0321/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

El recurrente sostiene en su recurso, que el Tribunal de apelación no tomó en cuenta


El recurrente sostiene en su recurso, que el Tribunal de apelación no tomó en cuenta que los hechos objeto de proceso, son emergentes de contratos administrativos de competencia de los Jueces Coactivos, que de acuerdo a lo dispuesto por el art. 10.I de la Ley 212, corresponde su conocimiento a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, habiendo en recurso de apelación restringida solicitado que el Tribunal de alzada anule la Sentencia porque el mencionado Tribunal de Sentencia carece de competencia legal, por no haber observado las reglas de la competencia judicial sancionados con nulidad de acuerdo al art. 169 incs. 1), 3) y 4) del CPP, vulnerando el principio de la seguridad jurídica y violando su derecho a ser oído y juzgado por un juez natural competente e imparcial, sometiéndole a un total estado de indefensión