Auto Supremo AS/0321/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2015-RRC

Fecha: 20-May-2015

Dicho instituto se encuentra reglado en los arts


Dicho instituto se encuentra reglado en los arts. 42 y siguientes del CPP, siendo que el art. 46 del CPP, describe la regla en lo pertinente: “La incompetencia por razón de materia, será declarada aún de oficio, en cualquier estado del proceso. Cuando se la declare, se remitirán las actuaciones al juez o al tribunal competente y, cuando corresponda, se pondrán los detenidos a su disposición