Auto Supremo AS/0118/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0118/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

En consecuencia, se concluye que efectivamente el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, en


Finalmente es pertinente dejar establecido, que conforme las normas relativas al recurso de casación y su procedencia, así como la uniforme jurisprudencia emitida por este Tribunal, lo resuelto respecto de la apelación incidental, no admite recurso de casación”.

En consecuencia, se concluye que efectivamente el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, en franca contradicción con la uniforme jurisprudencia emitida por este Tribunal. Pronunciamiento de este Tribunal que se limita únicamente a la detección de la explicada incongruencia omisiva, dejando claramente establecido, que cualquiera fuere el pronunciamiento de fondo, no corresponde a esta instancia de modo, alguno, analizar los fundamentos que dieran lugar a la procedencia o improcedencia del propio incidente. Por lo demás, corresponde atender favorablemente lo demandado por la parte recurrente, correspondiendo dejar sin efecto el Auto de Vista