Auto Supremo AS/0218/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Finalmente señaló el Tribunal de alzada, que el ilícito descrito en el art


Respecto al delito de Daño calificado, señaló el Tribunal de alzada que hace a la destrucción de pastos, mieses o cultivos, que en ello la sentencia afirmó, haberse demostrado la quema y destrucción de sembradíos, destrozos de árboles frutales en especial durazneros, por lo que adecuó la conducta del imputado a dicho ilícito porque entre los destrozos causados están los sembradíos que requieren la actividad de cultivarlos.

Finalmente señaló el Tribunal de alzada, que el ilícito descrito en el art. 298 en criterio del fallo apelado también se produjo porque el acusado junto a otras personas ingresaron a predios que no le corresponden sino que eran ocupados por el acusador particular, que era domicilio ajeno al acusado, era un recinto habitado por el acusador particular y en el que éste desarrollaba sus actividades diarias como sembradíos y cultivos. En conclusión, advierte que la sentencia respecto a la adecuación de los hechos al derecho se halla debidamente fundamentada en relación a los hechos acusados