Auto Supremo AS/0218/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Respecto a la vulneración del art


Respecto a la vulneración del art. 45 del CP, señaló el Auto de Vista recurrido, que la acusación particular refería que debía imponérsele al acusado la pena de quince años; sin embargo, explicó en base al principio de legalidad y del art. 180.I de la CPE, que la norma legal en ningún momento determina que cuando se trata de concurso real de delitos al responsable deba imponérsele la pena; aclarando, que la norma penal refería que en caso de concurso real de delitos se impone como sanción la pena del más grave, por lo que le resulta errónea la interpretación que en concurso de delitos debe aplicarse la pena máxima. Que un segundo elemento que debía tomarse era que el aumento de la pena hasta una mitad no era imperativo u obligatorio, sino que hablaba del término pudiendo no debiendo, incremento que obedecía a la aplicación de principios, lo mismo que la aplicación del art. 37 y siguientes del CP, desde cuyo punto de vista el Tribunal de apelación entiende, que la pena impuesta al imputado está acorde a todo lo fundamentado