Auto Supremo AS/0218/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0218/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

Previamente refieren que habiendo sido notificados los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal


Previamente refieren que habiendo sido notificados los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia con el Auto Supremo 538/2015-RRC de 24 de agosto emitido en el caso de autos, que dejó sin efecto el Auto de Vista 72/2014 de 4 de noviembre, disponiendo que la misma Sala Penal previo sorteo y sin espera de turno pronuncie nuevo Auto de Vista, no fue cumplido por el Tribunal de alzada; puesto que, habiendo transcurrido más de tres meses incurrieron en los delitos de Incumplimiento de deberes, Negativa o Retardo de Justicia, por lo que denunció dicho retardo ante la Ministra de Justicia y Defensoría del Pueblo, para que pida informes sobre el estado de su causa; a cuyo efecto, mediante requerimiento de 11 de abril de 2016, pidió informe al vocal Presidente de la Sala Penal Tercera quien optó por excusarse de conocer el proceso porque había intervenido como Juez, incurriendo en los delitos de Incumplimiento de Deberes, Negativa o Retardo de Justicia e Incumplimiento a plazos procesales y otros, causándole enormes gastos y perjuicios a su parte; toda vez, que tuvo que transcurrir más de tres meses para que emitieran la Resolución ahora recurrida que confirma la sentencia, situación por el que el 31 de mayo de 2016, presentó denuncia ante el Ministerio Público en contra de los vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz por los delitos arriba referidos caso signado con el Nº 07333/2016; no obstante, dicha denuncia, ese mismo día presentó memorial de excusa contra los Vocales de la referida Sala Penal, ya que hasta ese día no había ninguna resolución; empero, enterados los Vocales del proceso instaurado presentaron la Resolución recurrida, con fecha anterior como si hubieran dictado una semana antes de la solicitud de excusa presentada, incurriendo en los delitos de Resoluciones contrarias a la Constitución y a la Leyes, Prevaricato y otros