Auto Supremo AS/0623/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0623/2017

Fecha: 13-Jun-2017

También refiere que en la página 38 de la Resolución impugnada se ha respondido sobre

También refiere que en la página 38 de la Resolución impugnada se ha respondido sobre el segundo motivo de la apelación, cuya determinación es coherente con lo determinado en la audiencia que dispuso que solo se considerará lo relativo a la fundamentación a la imputación formal, y el cumplimiento de los requisitos descritos en el art. 302 del Código de Procedimiento Penal, convalidando lo dispuesto conforme al art. 170 del referido cuerpo procesal, y sobre la participación de la Policía Boliviana, se ha señalada falta de técnica en el planteamiento del incidente, ya que al momento de la audiencia cautelar se debió considerar los requisitos del art. 302 del Código de la materia, no señala de qué manera se le hubiera provocado indefensión con dicha omisión o que dicha omisión sea determinante para la decisión adoptada por el Ministerio Público; participación que en el caso presente ha existido al haberse demostrado la existencia de informes policiales producidos como prueba del Ministerio Público, al margen de ello no explica de qué manera hubiera cambiado la imputación formal, tampoco está descrito como causa de nulidad conforme al art. 169.4) del Código de Procedimiento Penal, y cita el art. 176 y art. 398 del mismo cuerpo procesal, e impetra que el recurso sea declarado improcedente