Auto Supremo AS/0292/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

“El 6 de diciembre del 2013 el sr


Por Sentencia 15/2016 de 5 de abril, el Tribunal Segundo de Sentencia de Yacuiba, declaró a Vania Karina Vega Urzagaste autora del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiendo la pena de tres años de reclusión. El Tribunal de Sentencia estableció como objeto del proceso el siguiente relato fáctico:

“El 6 de diciembre del 2013 el sr. Wilson Vargas entrega a Vania Karina Vega Urzagaste la suma de $us. 40.000 y Bs. 160.000, que debían ser devueltos el 6 de enero del 2014 con su interés. Ese dinero no era de Wilson Vargas, una parte era de su primo Mario Cabrera Villagómez y el resto de otra persona, dinero que fue obtenido con el argumento que la acusada hija de una Concejal Municipal de Yacuiba tenía contrato de entrega de canastones para SETAR, empresa de electricidad