Auto Supremo AS/0292/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

Sobre la denuncia de vulneración al derecho a la defensa por incorrecta aplicación del principio


Sobre la falta de congruencia, el Tribunal de apelación descarta tal agravio en la consideración de que la Sentencia posee correspondencia con el relato fáctico contenido en las acusaciones fiscal y particular, así como, manifestar que la Sentencia “…se ha apegado convenientemente, sin que se vislumbre la argüida vulneración al principio de congruencia, ni que los hechos atribuidos no correspondieran a los descritos en las acusaciones, tampoco tiene significancia ni altera la convicción asumida, que el perjuicio en las dos oportunidades sea para terceras personas porque Wilson Vargas no dio dineros suyos sino ajenos; sin embargo, se confirma que él fue el nexo propiciador para la entrega de diferente sumas a la sindicada, fortalecidos en error a instancia de la misma, para disponer de sus patrimonios en su propio perjuicio conforme resalta el tribunal de mérito, siendo de igual forma impertinente argüir: ‘a cambio de qué contraprestación, le prestaba el dinero’ dada la relación específica de los hechos y el ardid anotado por el Tribunal a quo, ratificando que la convicción asumida, tal cual consta en el fallo cuestionado, fue en base a los elementos de prueba detallados en el mismo” (sic).

Sobre la denuncia de vulneración al derecho a la defensa por incorrecta aplicación del principio de mancomunidad de la prueba, previa exposición sobre entendimientos en el particular, se determina: “no se puede pretender mancomunidad de la prueba que no fue incorporada, por consiguiente tampoco se vulneró el derecho a la defensa, más aun si revisada el acta de juicio en ninguna parte consta observación o petición que hubiese hecho en ese sentido la defensa” (sic)