Auto Supremo AS/0292/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

Ya en materia, Wilson Abrahan Vargas Cabrera, pretende en casación la censura del Auto de


Ya en materia, Wilson Abrahan Vargas Cabrera, pretende en casación la censura del Auto de Vista 28/2017, por transgresión al art. 124 del CPP, en razón de no haber éste dado las razones sobre:

“porque no se aplica el principio iura novit curia, y el de verdad material. Así mismo no…explica cuál sería a su criterio la duda existente respecto a la aplicación de una u otra norma (arts. 335 y 346 Bis del Código Penal)” [sic]; y,

“cuál es el razonamiento…que conlleva referir porque consideran adecuadamente fundamentada y justificada la pena impuesta, no fundamentan el porqué de su conclusión, no ha realizado o no plasma…el trabajo intelectivo realizado para concluir que la condición de mujer de la imputada ‘y otros’ justifican la pena” [sic].

Sobre la aplicación del principio iuria novit curia

El acusador particular, pide a esta Sala dejar sin efecto el Auto de Vista recurrido para determinar que la Sala pronunciante emita una nueva resolución “conforme la doctrina legal aplicable señalada o en su caso resuelva directamente el fondo en base a los argumentos expuestos en el recurso de apelación restringida” [sic] lo que equivale a que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija “deliberando en el fondo dicte auto de vista (condenando a la imputada) por el ilícito de estafa agravada por víctima múltiples, imponiéndosele la pena máxima prevista por ley” [sic]