Auto Supremo AS/0292/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

En lo que toca al Auto Supremo 210/2015-RRC de 27 de marzo, se tiene que


En lo que toca al Auto Supremo 210/2015-RRC de 27 de marzo, se tiene que fue pronunciado ante la denuncia de incongruencia omisiva en el Auto de Vista impugnado al no haberse pronunciado sobre el reclamo de presencia de los defectos contenidos en el art. 370 incs. 1), 4), 6) y 8) del CPP, limitándose solo a expresar fundamentos y consideraciones meramente subjetivas de interpretación doctrinaria, aspecto a partir del que fue dejado sin efecto sentándose la siguiente doctrina legal aplicable:

“Es importante que en el análisis de las circunstancias alegadas, para una mejor comprensión, el Tribunal realice una reseña de los hechos denunciados en contra de la Sentencia (motivos del recurso), sin que ello signifique todo el argumento del fallo, sino debe tener el debido cuidado de estructurar la Resolución, de forma tal que contenga: i) el objeto de impugnación (motivos del recurso);ii) las consideraciones argumentativas que servirán de sustento a la decisión final, es decir, fundamentación (normativa legal, doctrinal o jurisprudencial que respalda el fallo) y motivación (explicación clara, específica, completa, legítima y lógica del porqué la normativa o doctrina es aplicable al caso en concreto); iii) las conclusiones, que deben ser el fruto racional del análisis de las cuestionantes denunciadas, contrastadas con las actuaciones cursantes en el proceso y la normativa aplicable citada en el fallo, finalmente; iv) la parte resolutiva o dispositiva que debe ir en coherencia con lo analizado y las conclusiones arribadas (congruencia interna)