Auto Supremo AS/0195/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0195/2019-RRC

Fecha: 29-Mar-2019

Ingresando al análisis del presente punto del motivo, se tiene que emitida la Sentencia condenatoria,


Ingresando al análisis del presente punto del motivo, se tiene que emitida la Sentencia condenatoria, el recurrente formuló recurso de apelación restringida en el que acusó que la Sentencia incurrió en el defecto del art. 370 inc. 5) del CPP respecto a lo cual el Auto de Vista recurrido aperturó su competencia alegando que la Sentencia contenía los motivos de hecho y de derecho en que basó sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, además que se sustentaba en hechos existentes y debidamente acreditados en audiencia de juicio oral y que fueron corroborados por las declaraciones testificales y los informes de los peritos que se hicieron presentes ante el Tribunal de sentencia para ratificar sus informes periciales de la médico forense Dra. Verónica Justiniano Gally, Segundino Rodríguez Chiri, Boris Urdininea Vaca y de las víctimas ante el psicólogo, donde de manera precisa señalaron que su cuñado el imputado fue la persona que las abusó sexualmente, asimismo, que la médico forense ratificó su informe indicando que ambas menores presentan himen con desgarro como consecuencia de haber tenido relaciones sexuales con su cuñado, concluyendo que la Sentencia no se basó simplemente en el informe psicológico como argumentaba el recurrente, sino que también se había llegado a demostrar la consumación del delito a través de las pruebas documentales, testificales e informe médico legal que fueron introducidas a juicio oral