VISTOS:
VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Julia Valdez Céspedes Vda. de Gómez e Ivonne Jacqueline Gómez Valdez cursante de fs. 273 a 279 y vta., contra el Auto de Vista de 20 de marzo de 2020, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba de fs. 265 a 270 y vta., dentro el proceso ordinario de Declaración de extinción de derecho y/o cesación de efectos de registro de declaratoria de herederos y cancelación de su registro en Derechos Reales (DDRR), seguido por Renata Valdez de Vargas contra las recurrentes; la respuesta de fs. 284 a 289 y vta.; el Auto interlocutorio de concesión de recurso de 05 de noviembre de 2020 a fs. 294; el Auto Supremo de Admisión Nº 605/2020-RA de 30 de noviembre de fs. 327 a 328 y vta.; los antecedentes del proceso; y:
- VISTOS:
- 1.
- a)
- b)
- c)
- d)
- Sobre las excepciones.
- 2.
- a)Con relación a la demanda ordinaria de declaración de extinción de derecho y/o cesación de los efectos de registro de declaratoria de herederos y consiguiente cancelación de registro en DDRR.
- i.
- iii.
- iv.
- c)Respecto a la reconvención por nulidad de contrato por ilicitud de la causa y recisión de contrato por efecto de la lesión.
- ii.
- 3.
- e)
- f)
- Fragmento 18
- 2.Sobre el recurso de casación en el fondo.
- III.1. Sobre la congruencia en las resoluciones.
- "El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia;
- todo Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieren sido objeto de la apelación,
- III.2. Sobre el principio dispositivo.
- III.3. Sobre el principio
- III.4. De la valoración de la prueba.
- III.5. De la confesión espontánea.
- i.Sobre la prueba.
- ii.Sobre las normas procesales.
- b)Respecto a la simulación y la aplicación del artículo 1558 del Código Civil.
- c)Sobre la omisión de analizar los argumentos plasmados en la respuesta de la demanda.
- 1) El supuesto de hecho
- d)Sobre la aplicación del artículo 404.II del Código de Procedimiento Civil y la contradicción en la aplicación del artículo 101.I del Código de Procedimiento Civil.
- e)Sobre la falta de fundamentación con relación al punto 2 de la parte dispositiva de la Sentencia.
- f)Sobre el proceso substanciado en el Juzgado N° 6 de Partido Civil.
- 2.Sobre los agravios en el fondo.
- POR TANTO
