AUTO 247/1990, de 18 de junio
Fecha: 18-Jun-1990
1. Procede confirmar el motivo de inadmisión consistente en carecer la demanda manifiestamente de contenido constitucional [art. 50.1 c) de la LOTC], indiciariamente advertido en nuestra providencia de 2 de abril de 1990. En efecto, ha de rechazarse, en primer término, que el Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia...