ACLARACIÓN DE SENTENCIA PRONUNCIADA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 1/2017. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO. 4 DE JULIO DE 2018. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MAG
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACLARACIÓN DE SENTENCIA PRONUNCIADA EN LA CONTRADICCIÓN DE TESIS 1/2017. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y SEGUNDO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO. 4 DE JULIO DE 2018. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MAG

Fecha: 05-Oct-2018

D En El Conflicto Competencial Dirimió La Competencia De La Siguiente Forma

"... SEGUNDO.—La competencia para conocer de la demanda promovida por **********, en contra del Organismo Público Descentralizado Municipal para la prestación de los Servicios de Agua Potable, Drenaje y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de ********** y/o quien resulte ser propietario o responsable de la fuente de trabajo, corresponde al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de México, en atención a las siguientes consideraciones.

"De las transcripciones contenidas en esta ejecutoria, se advierte que el actor **********, mediante escrito presentado el trece de mayo de dos mil dieciséis, en la Oficialía de Partes de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, turnado a la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje con residencia en esta ciudad, por conducto de apoderado, demandó del Organismo Público Descentralizado Municipal para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Drenaje y Tratamiento de Aguas Residuales del Municipio de ********** y/o quien resulte responsable de la fuente de trabajo, diversas prestaciones derivadas del nexo laboral que le une con la demandada, consistentes en el pago de una indemnización constitucional y salarios vencidos con motivo del despido injustificado que dijo fue objeto el quince de marzo de dos mil dieciséis y prestaciones accesorias derivadas de la ley y del contrato de trabajo.