AMPARO DIRECTO 1664/96. MAGALUF, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1664/96. MAGALUF, S.A. DE C.V.

Fecha: 22-Jul-1993

A De Antonio Alcocer Gagniere En Su Carácter De Árbitro

a1. Cumplimiento del convenio celebrado el dieciséis de agosto de mil novecientos ochenta y nueve entre Magaluf, S.A. de C.V. y Constructora Lobeira, S.A. de C.V., que también suscribió dicho demandado.

a2. Que aplique y cumpla las normas legales que rigen en el juicio arbitral, en cuanto a fondo y forma para fundar y dictar el laudo arbitral.

a3. Que pasen los autos del procedimiento arbitral al Juez de primera instancia competente, para los efectos del artículo 1436 del Código de Comercio.

a4. Se abstenga de cualquier acto de ejecución, en particular de entregar las pólizas de fianzas números III-192186-RC, de Fianzas Atlas, S.A., y 00000-033392-1, de Fianzas Monterrey, S.A.

a5. El pago de daños por la cantidad de cuatro millones ciento cuarenta y cinco mil trescientos veintiséis dólares americanos, que pretenden hacerse efectivos con cargo a la fianza expedida por Fianzas Atlas, S.A., más los que resulten por la posible cancelación de la fianza expedida por Fianzas Monterrey, S.A., y los perjuicios que se causen derivados del incumplimiento de su obligación como árbitro y en su caso, de los actos de ejecución del laudo de fecha cinco de marzo de mil novecientos noventa.