AMPARO DIRECTO 1664/96. MAGALUF, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1664/96. MAGALUF, S.A. DE C.V.

Fecha: 22-Jul-1993

Motivaron Su Reconvención En Los Siguientes Hechos

1. Con fecha dieciséis de agosto de mil novecientos ochenta y nueve, Magaluf, S.A. de C.V. y Constructora Lobeira, S.A. de C.V., celebraron convenio en el que estuvieron de acuerdo en someter sus diferencias al arbitraje de Antonio E. Alcocer Gagniere, con la intervención de José Luis Siqueiros, como asesor jurídico.

2. El procedimiento arbitral, desde el inicio hasta su culminación, se llevó a cabo conforme al convenio y la resolución se dictó en los términos de dicho acuerdo.

3. El laudo arbitral es inapelable y de cumplimiento forzoso; en él se condenó a Magaluf a pagar la cantidad de cuatro millones ciento cuarenta y cinco mil trescientos veintiséis dólares americanos.

4. Pese a que Magaluf no cumplió con su obligación, presentó demanda totalmente improcedente en contra del árbitro y del asesor jurídico, causándoles graves daños y perjuicios en sus sentimientos, afecto, decoro, honor y reputación, lo que se deberá determinar tomando en cuenta la propia cantidad que injustificadamente demanda Magaluf.

Magaluf, S.A. de C.V. contestó la reconvención. Expresó que son improcedentes las prestaciones que se le reclaman. En relación a los hechos, dijo que el primero es cierto, negó el segundo y manifestó que el tercero y el cuarto son falsos.