SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2004

Fecha: 11-Oct-2004

d)

d) El Reglamento aprobado por el DS 26582 pretende ampliar la obligatoriedad de asociación a la SIB a todas las ramas, rubros y especialidades profesionales, con el único requisito que su nomenclatura se encuentre precedida del término "ingeniero", así, el art. 1 de este Decreto amplía su ámbito a las actividades afines al ejercicio profesional de la ingeniería. El art. 2-f) del Decreto califica la actividad a considerarse como ejercicio profesional de la ingeniería, estableciendo un monopolio sobre cualquier actividad que utilice conocimientos o medios técnicos, privando del ejercicio de profesiones a quienes tienen título para hacerlo, sin tomar en cuenta que cada profesional tiene derecho de asociarse o colegiarse de acuerdo a su especialidad, conforme permite el art. 7-c) de la CPE, que es infringido por la Ley objetada.

d) Puntualiza que el mecanismo de control a través del registro obligatorio tiene por objeto evitar los riesgos sociales inherentes a ciertas actividades profesionales. La obligatoriedad del registro, desde el punto de vista del interés social, encuentra su fundamento básico en el  hecho de que al llevarse un registro de todos los titulados, es más fácil crear normas y también controlar su cumplimiento a través de la imposición de sanciones a aquellos  que no las cumplan. El Registro  de  los ingenieros en Bolivia existe desde lo dispuesto por el art. 17 del DS de 15 de mayo  de 1905, que fue luego trasferido al CNI en 1964, por Ley 308. A partir de la promulgación de la Ley 1449 el Registro Nacional de Ingenieros es protegido por el Estado, delegando su administración a la SIB. El citado Registro tiene como fin clarificar y agrupar de acuerdo al CIUO-88 "Clasificador Internacional Uniforme de Ocupaciones" de la Organización Internacional del trabajo (OIT), a todas las especialidades de ingeniería que titulan las universidades estatales y privadas del país.