SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0112/2004

Fecha: 11-Oct-2004

el art. 90 del mencionado Reglamento,

Y, el art. 90 del mencionado Reglamento, que determina: "El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, mediante la Dirección correspondiente, antes de emitir el Título de Ingeniero en Provisión nacional en todas sus ramas y especialidades, exigirá al solicitante la presentación de la certificación de inscripción en La Sociedad de Ingenieros de Bolivia".