SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2005-R
Fecha: 14-Oct-2004
II.16.
II.16. El 24 de septiembre de 2002, la Alcaldía representada por el recurrente, interpuso demanda de nulidad del procedimiento arbitral y laudos, exponiendo el argumento de que los árbitros recurridos, infringiendo el art. 1478 del Ccom e ignorando la naturaleza pública de las competencias y atribuciones que le confiere el art. 8.V, inc. 7 de la “Ley 2028”, sometieron a su conocimiento reclamos concernientes a la función, atribuciones y competencias del Estado y las instituciones que forman parte de él, es decir, materias que no son susceptibles de arbitraje y pronunciaron sus laudos sobre las mismas, no obstante que tampoco formaban parte de la cláusula compromisoria.
Añade que en correcta interpretación del art. 1478 del Ccom, concordante con el art. 712 del CPC y los arts. 3, 4.I, 6.I inc. 4) de la LAC, el arbitraje sólo debe aplicarse para conocer y dirimir controversias de contenido patrimonial, estando excluidas aquellas materias vinculadas a las funciones y atribuciones del Estado. Asimismo, fundamentó que la Resolución del contrato asumida por la Alcaldía no era una controversia, pues ésta sólo podía surgir en la ejecución del contrato, y que la Resolución está prevista en el art. 569 del CC que determina que si las partes han convenido cláusula resolutoria, el contrato se resuelve de pleno derecho sin necesidad de intervención judicial, por lo que la cláusula trigésima segunda del contrato, respecto al arbitraje, no puede ni debe aplicarse para enjuiciar la situación jurídica establecida en la ley y prevista en la cláusula vigésima novena del contrato, que no formaba parte de la cláusula compromisoria, al no tratarse de una controversia. En coherencia con dichos fundamentos, solicitó se declare nula la demanda arbitral formulada por el consorcio demandante, el procedimiento arbitral y los laudos arbitrales dictados por los árbitros recurridos (fs.138-143, 146-147 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- d)
- 1)
- 2)
- 3)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- I.2.4. Resolución
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.20.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 31
- III.1. Sobre la ampliación de los fundamentos del recurso de amparo en audiencia.
- III.2.1.
- todos los actos ilegales que supuestamente le causan agravio
- que fueron reclamados oportunamente ante la vía judicial o administrativa pertinente; esto es en el momento hábil de producido el agravio el cual debe ser invocado necesariamente en las subsiguientes instancias sino es reparado en la primera,
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.4. Sobre la actuación del Juez Octavo de Partido en lo Civil.
- 3° MODIFICAR