SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2005-R

Fecha: 14-Oct-2004

II.17.

II.17. Por memorial presentado el 2 de octubre de 2002, el Alcalde Municipal de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba, amplió la demanda de nulidad, señalando que de acuerdo a la estipulación contractual contenida en la cláusula vigésima novena, el consorcio ECM Ingeniería Prosertec se obligó a acudir a la jurisdicción ordinaria en los caos en que tuviera que ejecutar, resolver o someter alguna controversia atribuyendo culpa a la Municipalidad, por lo que quedaron excluidas de la cláusula compromisoria de arbitraje todos los reclamos del consorcio en los que se atribuyera culpa a la Alcaldía Municipal; en consecuencia, los catorce puntos reclamados por el consorcio, han sido ilegalmente conocidos y resueltos por el Tribunal Arbitral (fs.  146 a 147 vta.).