SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2005

Fecha: 11-Nov-2005

a)   Su núcleo material debe estar constituido por una manifestación de capacidad económica concreta.

a)   Su núcleo material debe estar constituido por una manifestación de capacidad económica concreta. El cumplimiento de este principio tributario, que debe ser además de carácter básico, en un plano lógico, tiene naturaleza constitucional, Esta manifestación tiene que tener una determinación temporal y territorial precisa.  La concreción material, temporal y territorial  es una necesidad, además, para la determinación de los restantes elementos de la obligación tributaria. El hecho imponible tiene un carácter generador de la obligación pero también conforma la prestación y, en definitiva, el tributo mismo. La determinación del tipo tributario dentro de cada una de las figuras concretas de que se trate se realiza por el hecho imponible.