SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2005

Fecha: 11-Nov-2005

III.5.

III.5. Es menester remarcar que el análisis que los impetrantes solicitan se realice entre el DS 24054, el Código civil -que aún no ha  sido elevado a rango de Ley de la República, sino que se mantiene como decreto Ley- y la Ley del Notariado en lo que respecta a los momentos de perfeccionamiento de una compraventa, corresponde a la interpretación de legalidad ordinaria, extremo que es de competencia de otra instancias y  no de la jurisdicción constitucional.