Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0087/2005
Fecha: 11-Nov-2005
art. 32 de la CPE
El art. 32 de la CPE determina que nadie será obligado a hacer lo que las Constitución y las leyes no manden, ni a privarse de lo que ellas no prohíban. Esta disposición no ha sido conculcada por el primer párrafo del art. 3 del DS 24054, ya que no establece una obligación que no haya sido impuesta por ley, contrariamente a lo sostenido por los impetrantes, puesto que desarrolla disposiciones legales que establecieron el tributo y su hecho generador, indicando el momento en que éste se estimará perfeccionado, o sea que plasma un elemento que no resulta esencial para la configuración del hecho generador en si mismo, sino que lo complementa.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucional
- I.1.1. Relación Sintética del recurso
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- i)
- admite
- I.2.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- admitió
- II.1.
- II.2.
- III.1. Requisitos para el análisis de fondo del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- existe un recurso de alzada en materia tributaria dentro del cual se ha solicitado se promueva el presente recurso contra normas que tendrían que ser aplicadas en la resolución del mismo, de manera que corresponde ingresar al examen jurídico constitucional pertinente.
- III.2. Contexto legal de las normas impugnadas
- ARTÍCULO 3.-
- “ARTÍCULO 11.-
- III.3.1. Principio de separación de poderes
- III.3.2. Poder tributario y obligación tributaria
- III.3.3. El hecho generador o hecho imponible
- a) Su núcleo material debe estar constituido por una manifestación de capacidad económica concreta.
- b) El establecimiento del hecho imponible es una exteriorización o manifestación concreta del poder yributario
- III.3.5. El principio de legalidad en materia tributaria
- Fragmento 28
- 2)
- no es el primer párrafo del art. 3 del DS 24054 objetado el que señala tal presupuesto, que ya estaba señalado en aquella Ley al gravar las transferencias eventuales de inmuebles y vehículos automotores
- art. 26 de la CPE
- art. 29 de la CPE
- art. 32 de la CPE
- art. 33 de la CPE,
- art. 228
- III.4.2. Sobre el art. 11 del DS 24054
- III.5.