SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2006
Fecha: 02-Jun-2006
ARTÍCULO 86º (Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos Agregador y Vendedor en la Exportación de Gas Natural).
ARTÍCULO 86º (Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos Agregador y Vendedor en la Exportación de Gas Natural). Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) será el Agregador y/o Vendedor para toda exportación de Gas Natural que se haga desde el territorio boliviano, asignando los volúmenes requeridos a las empresas productoras, de acuerdo a lo siguiente:
3. Cuando la exportación de Gas Natural sea consecuencia directa de convenios entre el Estado Boliviano, otros Estados o Empresas, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), previa invitación a los Titulares legalmente establecidos en el país, asignará los volúmenes requeridos para la exportación sobre la base de los lineamientos de la Planificación de Política Petrolera.
4. Para cubrir los costos de Agregador, Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) por toda exportación que realice como Agregador, emitirá a cada productor una factura por servicios de agregación por un monto equivalente al medio por ciento (0.5%) del monto bruto facturado en el punto de entrega al comprador, excluyendo el costo del transporte, y en la proporción que le corresponda a cada productor”.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- 1º
- 2º
- 3º
- 4º
- 5º
- 6º
- 7º
- 8º
- 9º
- 10º
- 11º
- 12º
- 13º
- 14º
- I.2. Admisión y citación
- a)
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1.
- “ARTÍCULO 5º (Propiedad de los Hidrocarburos).
- ARTÍCULO 66º (Retribución o Participación al Titular).
- ARTÍCULO 69º (Solución de Controversias).
- ARTÍCULO 74º (Junta Directiva).
- ARTÍCULO 139º (Gas para el Desarrollo Interno del País).
- ARTÍCULO 140º (Contrato de Compensación de Servicios).
- ARTÍCULO 141º (Uso Social y Productivo del Gas Natural).
- ARTÍCULO 142º (Fondo de Ayuda Interna al Desarrollo Nacional).
- ARTÍCULO 143º (Gas con Destino al Uso Social y Productivo).
- III.2.1.
- de ningún modo es una aplicación retroactiva de la nueva ley y sus nuevas modalidades de contratos, pues el principio constitucional de que la ley rige para lo venidero ha sido respetado, ya que ninguna situación jurídica consolidada, por la ejecución de contratos firmados en base a normas anteriores, es afectado por la imposición de un plazo para adecuar los contratos a una nueva realidad jurídica, o porque se obligue a modificar un contrato a esa nueva realidad; por las siguientes razones:
- i)
- ii)
- II.2.2.
- II.2.3.
- II.2.4.
- iii)
- ARTÍCULO 17º (Ejecución de la Política de los Hidrocarburos).
- ARTÍCULO 18º (Adecuación y Mediación de Hidrocarburos).
- ARTÍCULO 22º (Estructura y Atribuciones de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos).
- ARTÍCULO 37º (Periodo Adicional de Exploración y Devolución de Áreas).
- ARTÍCULO 38º (Declaratoria de Comercialidad).
- V)
- ARTÍCULO 42º (Entrega de Instalaciones y Pasivos Ambientales).
- ARTÍCULO 86º (Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos Agregador y Vendedor en la Exportación de Gas Natural).
- II.3.1.
- II.3.2.
- II.3.3.
- II.3.4.
- ARTÍCULO 47º (De las Patentes).
- ARTÍCULO 48º (Reembolso por Pago de Patentes).
- ARTÍCULO 49º (Devolución Parcial de Áreas de Contrato).
- ARTÍCULO 51º (Distribución).
- ARTÍCULO 53º (Creación del Impuesto Directo a los Hidrocarburos - IDH).
- ARTÍCULO 55º (Base Imponible, Alícuota, Liquidación y Periodo de Pago).
- ARTÍCULO 56º (Precios para la valoración de regalías, participaciones e IDH).
- ARTÍCULO 130º (Control, Seguimiento, Fiscalización y Auditoria Ambiental).
- ARTÍCULO 144º (Exención).
- ARTÍCULO 114º (Ámbito de Aplicación).
- ARTÍCULO 115º (Consulta).
- ARTÍCULO 116º (Responsabilidad Estatal).
- ARTÍCULO 118º (Representación).
- ARTÍCULO 119º (De las Compensaciones).
- ARTÍCULO 120º (De las Indemnizaciones).
- II.5.1. El bloque de constitucionalidad
- II.5.2. El Convenio 169 de la OIT en Bolivia
- II.5.3. Pueblo indígena y campesino
- II.5.4.
- “o lograr el consentimiento de las comunidades y los pueblos indígenas y originarios”
- “En caso de tener la consulta, reconocida en el artículo 115, un resultado negativo”, del art. 116 de la LH
- Fragmento 70
- ARTÍCULO 28º (Prohibiciones e Inhabilitaciones).
- ARTÍCULO 30º (Prohibiciones para Funcionarios Públicos).
- ARTÍCULO 121º (Exclusión del Procedimiento de Expropiación).
- ARTÍCULO 126º (Lugares que no pueden Expropiar).
- ARTÍCULO 132º (Áreas de Valor Natural, Cultural y Espiritual).
- II.6.2.1.
- II.6.2.2.
- ARTÍCULO 6º (Refundación de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos - YPFB).
- Antecedente
- El referéndum
- La consulta popular (referéndum) de 18 de julio de 2004
- Conclusión
- 4º IMPROCEDENTE