SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2006
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0045/2006

Fecha: 02-Jun-2006

I.2. Admisión y citación

Por AC 476/2005-CA, de 30 de septiembre (fs. 68 a 69), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, con la facultad conferida por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) dispuso que el Primer Secretario de la Cámara de Diputados certifique si Luis Eduardo Siles Pérez se encontraba en ejercicio de la titularidad como Diputado Nacional el 16 de septiembre de 2005; lo que fue atendido mediante certificado de 25 de octubre de 2005, en sentido de que el mencionado Diputado ejerció la titularidad en la fecha señalada (fs. 79).

Por AC 557/2005-CA, de 3 de noviembre, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional admitió el recurso planteado y ordenó que el recurso y el Auto de admisión se pongan en conocimiento del Presidente del Congreso Nacional, como personero del órgano que generó la norma impugnada (fs. 82 a 85), lo que fue cumplido el 14 de noviembre de 2005, conforme consta en la diligencia de fs. 156.