DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014

Fecha: 06-Nov-2014

art. 144

El art. 144 de la mencionada norma, bajo el título “Desarrollo Económico”, en su numeral 7 dispone que: “Promoción y protección de la producción, uso, conservación “e intercambio de material genético de calidad”, resultando contraria a lo dispuesto por el art. 298.II.4 de la CPE, que determina como competencia exclusiva del nivel central: “Recursos naturales estratégicos, que comprenden minerales, espectro electromagnético, recursos genéticos y biogenéticos y las fuentes de agua”, en consecuencia le corresponde al nivel central del Estado la normativa primaria para regular este rubro.