DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014

Fecha: 06-Nov-2014

art. 176

El art. 176 de la carta en consideración, regula el proceso de transición del Gobierno Municipal hasta el ingreso en vigencia de la Carta Orgánica, y específicamente mientras esto sucede se dispone que se aplicará la normativa como  la “Ley de Municipalidades”. En este entendido se debe observar que esta norma ha sido derogada parcialmente por la Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez” y totalmente por la Ley de Gobierno Autónomo Municipales, en consecuencia, esta frase debe ser retirada del texto.

Asimismo, se observa el término “transición” respecto a la aplicación supletoria de la Constitución Política del Estado durante el período en que ingrese en vigencia la norma básica. Bajo el principio de irradiación constitucional, se aclara que la Norma Suprema se aplica en todo momento y lugar, citado en el análisis del art. 74 de la norma básica. Por tanto, el término “transición” es incompatible, debiendo ser readecuado el artículo observado.