DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2014

Fecha: 06-Nov-2014

art. 42

El art. 42 del proyecto, respecto a la elección de subalcaldes señala: “La/s Subalcaldesa/s o el/los Subalcalde/s serán elegidas/os por mecanismos reconocidos en su ley específica”. Sobre este punto es necesario aclarar que los subalcaldes no pueden elaborar su propia norma, siendo esta disposición contraria a los arts. 272 y 283 de la CPE, que determina como facultad legislativa al concejo y reglamentaria al ejecutivo, en consecuencia debe ser expulsado en su totalidad.