DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2014

Fecha: 13-Nov-2014

3.

3.  Ejercer funciones de administrador, arrendatario, concesionario ó adjudicatario de bienes, obras, servicios públicos y explotaciones municipales, servir de intermediario, fiador, deudor y en cualquier otra actividad financiera, comercial, industrial ó de servicios en general en la cual se encuentre relacionado el Gobierno Autónomo Municipal, sus bienes, servicios y obligaciones; y

3.  Realizar la expropiación de inmuebles en su jurisdicción por razones de utilidad y necesidad pública municipal, conforme al procedimiento establecido por Ley, así como establecer limitaciones administrativas y de servidumbre a la propiedad, por razones de orden técnico, jurídico y de interés público.

3.  Realizar evaluaciones detalladas de riesgos aplicando criterios, parámetros y metodologías comunes para clasificar los niveles de riesgo de desastres, monitorearlos, comunicarlos en el ámbito municipal y reportarlos al sistema nacional de reducción de riesgos y atención de desastres y emergencias.

3.  El Gobierno Autónomo Municipal deberá planificar, formular y ejecutar políticas, planes, programas y proyectos orientados a garantizar que los sistemas de vida de la naturaleza absorban daños, se adapten a las perturbaciones y se regeneren sin alterar significativamente sus características de estructura y funcionalidad del medio ambiente.

3.      Elaborar el POA de Salud, para ello deberán participar de forma obligatoria, Consejo Social Municipal de Salud, Comités Locales de Salud del Municipio, responsables de los establecimientos de salud, representantes de todas las organizaciones sociales del municipio, instituciones, ONGs y,  otras instituciones vinculadas en el tema salud  en el municipio.