DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2014

Fecha: 13-Nov-2014

“Artículo 21.-

“Artículo 21.- (Procedimiento para la elección de autoridades) Las autoridades serán elegidas ó elegidos mediante procedimientos vigentes establecidos por la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y la Ley de Régimen Electoral previendo criterios de población, territorio y equidad”.